Este miércoles, en horas de la tarde, se dio a conocer el veredicto en el juicio por la muerte de Mía Aguirre (3), la niña que falleció a causa de los maltratos y abuso sexual provocados por su padrastro, Sergio Argañaráz (37), y por su madre, Cecilia Mailen Cabrera (29).
Caso Mía Aguirre: condenaron a 45 años de prisión a Argañaráz y 8 años con domiciliaria a la madre - https://t.co/NqfFkZklih pic.twitter.com/ixRAOODmY7
— CausaJudicial.com (@CJudicialcom) December 15, 2021
En la Sala I del fuero penal, el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1, integrado por Hernán Decastelli, Ramiro Fernández Lorenzo y Cecilia Sanucci (presidenta), dictó por unanimidad una pena de 45 años de prisión para Argañaráz, por encontrarlo culpable del delito de Homicidio simple en concurso real, con abuso sexual agravado por acceso carnal y por haber sido cometido contra un menor de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente.
Por otro lado, condenaron a Cabrera a 8 años de prisión, con arresto domiciliario, por encontrarla culpable del delito de Homicidio calificado por el vínculo.
Los abogados Matías Pietra Sanz y Andrea Reynoso representan a la acusación privada, es decir, a Roxana Alegre, abuela de Mía. Ambos manifestaron, en diálogo con Causa Judicial, que la condena será apelada en la instancia de Casación.
Entre los fundamentos por los cuales el Tribunal resolvió condenar a tan solo 8 años a Cabrera, según pudo saber este medio, se tuvo en cuenta una circunstancia extraordinaria de atenuación, al considerar que "fue víctima de violencia de género por parte de su violenta pareja".
La fiscal del juicio, Silvina Langone, manifestó a Causa Judicial que ni el particular damnificado, ni la fiscalía desistió tasitamente del delito de abuso, sino que se había solicitado previamente la ampliación de la acusación, pero los jueces no dieron lugar al pedido.
A pesar de dejar asentado en el fallo que "la violencia de género que ella sufría por parte de Argañaraz no anula ni justifica la violencia que ella misma aplicaba", el Tribunal aplicó la medida de atenuación y la mujer gozará del beneficio del arresto domiciliario y tendrá su libertad en menos de un año. Cabrera, al escuchar el veredicto de los jueces, festejó como si hubiera ganado una batalla, pero la realidad es que Mía está muerta. No hay nada que festejar.
EL CASO
Mía tenía tres años y murió el 24 de septiembre de 2014 como consecuencia del maltrato que sufrió por parte de su progenitora y el concubino de ésta. El último mes de vida lo pasó internada en estado de coma.
La pequeña había llegado el 20 de agosto al hospital Larrain con su mamá, quien al ponerla en manos de los profesionales aseguró que "se había ahogado". Cuando la evaluaron, los médicos advirtieron que tenía hematomas en la cabeza, el abdomen y en los cuatro miembros, además de fracturas de cúbito y radio izquierdo y fractura costal del lado derecho. Debido a la gravedad de las lesiones, que le ocasionaron un paro cardiorespiratorio, sería derivada al Hospital de Niños.
La nena, que fue criada por su abuela materna Roxana Alegre, había sido restituida con su progenitora después de que así lo determinara la justicia en el mes de abril, a pesar de las advertencias de que la pequeña iría a un lugar de costumbres "promiscuas y violentas". Esta situación había sido expuesta frente al Juez de Familia Hugo Rondina, sin encontrar respuestas positivas. Argañaraz y Cabrera fueron detenidos el mismo día en que murió Mía.
Durante el debate los médicos que atendieron a la víctima se mostraron impresionados por las lesiones que presentaba la bebé, agregaron que: “En años de carrera jamás hemos visto marcas tan significativa y gráficas de un abuso sexual contra una bebé”.
En ese marco los médicos del Hospital de Niños como del Hospital Larraín de Berisso coincidieron en que Mía fue violada y que su deceso se debió a las lesiones que fueron producto de ese ataque sexual.
Lejos de repudiar estos hechos, las integrantes del Colectivo de Trabajadoras Judiciales presenciaron algunas de las audiencias y emitieron un insólito comunicado con el que intentaron justificar a Cabrera. Las militantes feministas se mantienen lejos de la realidad de la causa y ajenas a la prueba objetiva volcada al expediente por profesionales de carrera.
La hipótesis acusadora construida por la fiscalía indicó en su momento: “Se acredita a esta altura que a partir del mes de abril de 2014 y hasta el día 20 de agosto de ese año en una de las viviendas ubicadas en el predio de calle 82 y Ruta 15 de Berisso, la que se halla emplazada sobre calle 82 desde ruta 15 hacia La Plata a 1200 ó 1300 metros aproximadamente, sobre mano derecha, una mujer y su concubino infieren reiterados maltratos a la niña Mía Aguirre Cabrera, hija biológica de la primera, de tres años de edad quien conviviera con ambos, mediante golpes que le produjeran sendas lesiones de distinta consideración".
"Al propio tiempo, sin poder precisar fecha exacta pero dentro del período mencionado, la niña fue accedida carnalmente vía anal por el concubino de su progenitora quien toleró, consintió y no evitó que así ocurriera. Estas conductas determinaron la muerte de la menor en el Hospital de Niños Sor María Ludovica, el deceso se dio el 24 de septiembre de 2014 a las 12:05 horas”, comentaron.
A lo largo de la investigación la fiscalía acreditó que tanto Cabrera como Argañaraz dieron versiones confusas sobre las lesiones que tenía la menor, a los médicos del Hospital de Niños y del Hospital Larraín les otorgaron explicaciones contrapuestas, algunas de ellas: “La niña se lastimó porque estaba jugando con chanchos”; “Se ahogó con comida e intentamos ayudarla dándole algunos golpes”; “Las fracturas que presenta son de cuando se cayó del caballo con su abuela”.