13 de agosto de 2024
Judicial

Violencia de género

Abogados penalistas de La Plata indignados con el Juez Ercolini en la causa contra Alberto Fernández

Mediante un comunicado repudiaron la actuación del Magistrado en el marco de la causa que tiene imputado al ex Presidente Alberto Fernández. Cuestionaron la decisión del funcionario judicial de no permitirle el ingreso a la audiencia de declaración h
Mediante un comunicado repudiaron la actuación del Magistrado en el marco de la causa que tiene imputado al ex Presidente Alberto Fernández. Cuestionaron la decisión del funcionario judicial de no permitirle el ingreso a la audiencia de declaración h

La Asociación Civil de Abogados Penalistas Platenses manifestó su más enérgico repudio y su total consternación frente a la decisión del Juez Julián Ercolini de impedir la participación de la letrado Silvina Carreira en el expediente. En esa linea el magistrado negó su ingreso a la audiencia de ampliación testimonial prestada por la denunciante Fabiola Yañez.

Fue este martes el marco de su denuncia por violencia de género, hecho gravísimo que atenta contra el derecho de defensa en juicio y el debido proceso.

“El derecho a controlar la prueba y específicamente interrogar a la testigo (denunciante en este caso) surge de la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 8 inc. 2 f), y 14 Inc. 3 e) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos con jerarquía constitucional conforme el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional”, comunicaron los penalistas.

Agregaron que: “Ni la Convención CEDAW, ni la Convención de Belem do Pará (esta última sin jerarquía constitucional), establecen semejante desequilibrio entre las partes de un proceso ni regulan un sistema de valoración de la prueba de manera tasada como se pretende respecto del testimonio de la denunciante en casos como este”, sostuvieron.

La Asociación Civil de Abogados Penalistas Platenses manifestó que no existe argumento válido alguno para sostener una presunta “revictimización” que funcione como excusa para violar la igualdad ante la Ley y el Derecho de Defensa en Juicio. En ese marco indicaron que la propia denunciante se dispuso a dar una entrevista ante los medios, y la audiencia se realizó de manera telemática, situación a la que consideran de menor “exposición”.

“No es el objeto de la presente politizar sobre el caso, pues esta Asociación Civil vela por la defensa el Estado de Derecho, de las instituciones democráticas de la República y los Derechos Humanos, consagrados en las constituciones de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, independientemente de quien sea el sujeto inculpado del presunto delito”, expresaron.

Indicaron que es claro el cercenamiento del derecho de defensa en juicio y a la vez, entienden que serio afectado el ejercicio profesional de Carreira: “La abogada solo pretende realizar una defensa técnica eficaz, y resulta impedido ahora por quien debe, precisamente, velar por el cumplimiento de la ley, el poder judicial”, indicaron.

Por último concluyeron que: “Dicha circunstancia no solo debe acarrear la nulidad absoluta del acto procesal viciado sino además el apartamiento del funcionario que lo dispuso ya que ha demostrado una parcialidad manifiesta a favor de la denunciante y en desmedro del imputado. En virtud de lo expuesto exhortamos al Ministerio de Justicia de la Nación, al Poder Judicial Federal, y al Colegio de Abogados de la Capital Federal a velar por las garantías del debido proceso, y el leg

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